El Consejo ha acordado el 16 de Octubre su posición sobre la modificación específica del Reglamento de la UE sobre la deforestación, aplazando su fecha de aplicación 12 meses.͏ ͏ ͏ ͏ ͏
Adjuntamos comunicado de prensa para su conocimiento:
Ley de la UE contra la deforestación: el Consejo acuerda prorrogar el calendario de aplicación.
El Consejo ha acordado hoy su posición sobre la modificación específica del Reglamento de la UE sobre la deforestación, aplazando su fecha de aplicación 12 meses.
Este aplazamiento permitirá a los terceros países, Estados miembros, operadores y comerciantes estar plenamente preparados en sus obligaciones de diligencia debida, que consiste en garantizar que determinadas materias primas y productos básicos vendidos en la UE o exportados desde ella estén libres de deforestación.
Esto incluye productos elaborados a partir de ganado, madera, cacao, soja, aceite de palma, café, caucho y algunos de sus productos derivados.
Más tiempo para prepararse mejor para la implementación
El reglamento sobre deforestación ya está en vigor desde el 29 de junio de 2023 y sus disposiciones se aplicarán a partir del 30 de diciembre de 2024.
El Consejo ha aprobado la propuesta de la Comisión de aplazar un año la fecha de aplicación del Reglamento, debido a la falta de los elementos clave del Reglamento, como documentos de orientación para ayudar a las empresas y a los países a aplicar mejor las normas.
Por lo tanto, si así lo aprueba el Parlamento Europeo, las obligaciones derivadas de este Reglamento serán vinculantes de:
- 30 de diciembre de 2025, para los grandes operadores y comerciantes
- 30 de junio de 2026, para las microempresas y las pequeñas empresas
Esto daría seguridad jurídica, previsibilidad y tiempo suficiente para una aplicación fluida y eficaz de las normas, incluido el pleno establecimiento de sistemas de diligencia debida que abarquen todas las materias primas y productos pertinentes.
Estos sistemas de diligencia debida incluyen la identificación de los riesgos de deforestación en las cadenas de suministro, así como medidas de seguimiento y notificación para demostrar el cumplimiento de las normas de la UE.
Mantener el objetivo de libre de deforestación
La modificación específica no afectará al contenido de las normas ya existentes, que consiste en minimizar la contribución de la UE a la deforestación y la degradación forestal en todo el mundo, permitiendo únicamente la comercialización en el mercado de la UE, o la exportación desde la UE, de productos libres de deforestación.
Los productos libres de deforestación son productos que se han producido en tierras no sujetas a deforestación o degradación forestal después del 31 de diciembre de 2020.
Pasos siguientes
El Consejo informará ahora al Parlamento Europeo de su posición con vistas a que el Parlamento adopte una decisión sobre su posición.
El objetivo es que el Reglamento sea adoptado formalmente por ambos colegisladores y publicado en el Diario Oficial de la UE para que pueda entrar en vigor a finales de año.
Antecedentes
El principal impulsor de la deforestación y la degradación forestal a nivel mundial es la expansión de las tierras agrícolas, que está vinculada a la producción de los productos básicos incluidos en el ámbito de aplicación de la regulación.
Dado que la UE es un gran consumidor de estos productos básicos, puede reducir su contribución a la deforestación y la degradación forestales mundiales asegurándose de que estos productos y las cadenas de suministro relacionadas estén «libres de deforestación».
El Reglamento sobre la deforestación se adoptó en 2023 y establece normas para garantizar que los productos derivados de determinados productos básicos (a saber, el café, el cacao, el aceite de palma, la soja, el ganado, el caucho y la madera), que se introducen en el mercado de la UE o se exportan desde la UE, no hayan causado deforestación o degradación forestal durante su producción, se hayan producido de conformidad con la legislación pertinente del país de producción y estén cubiertos por una declaración de diligencia debida.
La Comisión presentó su propuesta de aplazamiento de la fecha de aplicación del Reglamento sobre deforestación en respuesta a las preocupaciones planteadas por los Estados miembros, terceros países, comerciantes y operadores de que existía el riesgo de que no pudieran cumplir plenamente las normas a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
Esperamos que este artículo sobre la Ley de la UE contra la deforestación le sea de utilidad.
Deforestación (antecedentes)
Más información: Bas&Josa
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El equipo de BAS&JOSA