El pasado 8 de abril se aprobó la implementación de un impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables a aquellas mercancías que involucren plásticos de un sólo uso. A continuación expandimos en la declaración de estas mercancías y ponemos a su disposición un recurso que ayudará a declarar correctamente
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular ha establecido, en el Capítulo I de su Título VII, el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, incluyendo la importación como hecho imponible. El nuevo gravamen entrará en vigor el 1 de enero de 2023. En nuestra publicación del 23 de noviembre de 2022 puedes encontrar más detalles.
Para despachar cualquier mercancía de importación necesitaremos que nos envíen, junto a la documentación habitual, una declaración del proveedor, importador detallando si los productos a despachar contienen o no plásticos de un solo uso, la naturaleza del plástico, la cantidad en peso de los mismos, y excepciones si las hubiere. Para más detalles de como declarar encuentra más información en el sitio de la Agencia Tributaria
En Bas&Josa somos especialistas en transporte aéreo, marítimo, terrestre y en gestiones aduaneras. Puedes ponerte en contacto con nosotros aquí: Contacto.
Hemos creado un formulario que puede servir de guía para la declaración. Haz clic en el botón a continuación para descargar la plantilla.
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